|
La consagración de una normativa que regula de modo general la temática de la violencia de género es una conquista del pueblo argentino y de las mujeres en particular. La ley de Protección Integral a las Mujeres (Ley 26.485), junto con su consecuente decreto reglamentaria, muestran un salto importante en la marcha hacia el goce real de los derechos que tenemos todas las mujeres.
La ley, luego de definir en su art. 4 el concepto de violencia contra las mujeres, realiza, en su art. 5to, una tipificación detallada de los casos de violencia contra las mujeres. Puntualmente, en el art. 5, inc. 5. desarrolla lo que denomina como violencia “Simbólica” contra las mujeres: “La que a través de patrones estereotipados, mensajes, valores, íconos o signos transmita y reproduzca dominación, desigualdad y discriminación en las relaciones sociales, naturalizando la subordinación de la mujer en la sociedad”.
Es aquí donde se encuadra la mencionada publicidad gráfica –que en nuestra ciudad se observan en algunas carteleras concesionadas especialmente en el micro centro-, ya que la misma reproduce un mensaje cargado de “patrones socioculturales que promueven y sostienen la desigualdad de género y las relaciones de poder sobre las mujeres”, tal como lo describe el art. 2 de la Ley 26.485.
Concretamente, el decreto reglamentario de la ley (Decreto 1011/2010) realiza una detalla enunciación de lo que considera como “patrones socioculturales que promueven y sostienen la desigualdad de género”.
Dentro de ellos se encuentran algunos que encuadran perfectamente en el caso de la publicidad del local santafesino que estamos analizando. Se lee del decreto: “Inciso e).- Se consideran patrones socioculturales que promueven y sostienen la desigualdad de género …. , 2) Promover o mantener funciones estereotipadas asignadas a varones y mujeres, tanto en lo relativo a tareas productivas como reproductivas;… 4) Utilizar imágenes desvalorizadas de las mujeres, o con carácter vejatorio o discriminatorio; 5) Referirse a las mujeres como objetos;
Sobre el caso, la presidenta de la Agencia de la Mujer de la Comuna, Valeria Migueles, agregó que “basta sólo ver el afiche pegado en las carteleras para tener una impresión negativa, que no requiere de conocimientos jurídicos. Una mujer de rodillas, lamiendo una suerte de plato, es una pose harto estereotipada de la mujer objeto, sumida a un rol evidentemente inferior o dependiente del hombre. Si a eso le súmanos el sugestivo nombre del local (De Puta Madre) no queda mucho para dudar al respecto”.
Y agregó “es realmente llamativa la difusión de un local con una publicidad cargada de insultos, en idioma castellano e inglés, y con un mensaje negativo para todas las mujeres”.
“Desde ya repudiamos principalmente a la publicidad sexista y la difusión de todo estereotipo que se ejerce a través del cuerpo de las mujeres, cosificándolo a al punto que sea visto y aceptado de manera normal como un objeto mercantil o en un rol de inferioridad y sumisión al hombre”, añadió Migueles manifestando su oposición a la publicad del local santafesino. • Responsabilidad social empresaria y derechos de las mujeres
Sobre el rol de los empresarios y su relación con la violación a los derechos de las mujeres, Valeria Migueles, añadió que “concediendo el beneficio de la duda, nadie quiere prejuzgar e imputar a los comerciantes santafesinos de ser unos apologistas de la violencia contra la mujer –aunque en los hechos se pueda lograr con la publicidad un efecto similar-, pero tampoco podemos concederles el derecho de que por ganar dinero o darle difusión a un emprendimiento privado se infrinja la normativa legal que protege a la mujer de la violencia. Tiene que conjugarse el derecho de ejercer la libre empresa con los derechos de las mujeres, tutelados legalmente”, apuntó.
Luego, Migueles añadió que “en este sentido nosotros consideramos fundamental apelar a la responsabilidad social empresaria, encontrado el equilibrio entre la publicidad y el accionar de una empresa, que tiene como fin excluyente el de hacer dinero, con la lucha contra patrones socioculturales nefastos que condenan a la mujer a posiciones inferiores en la sociedad. La lucha por los derechos de las mujeres es una lucha del conjunto del pueblo, donde todos tenemos que poner nuestro grano de arena, tanto los actores políticos, como los trabajadores, la sociedad civil y los empresarios tenemos que participar activamente, haciendo un ejercicio responsable de nuestras actividades. Cuestión que evidentemente no ha pasado con esta publicidad que se ha difundido –responsabilidad social empresaria que le cabe tanto al local de Santa Fe como a la empresa que los pegó en nuestra ciudad”, analizó.
“Puede que algunos piensen que es positivo generar una polémica de este tipo para darle más difusión a un local o un negocio, ya el emprendimiento estará en agenda pública por un par de días, pero más allá de lo efectivo que pueda o no ser en términos comerciales, cuando se violan los derechos de las mujeres y se fomentan patrones socioculturales reaccionarios tenemos el deber de no dejarlo pasar, porque hablará muy mal de nosotros como defensores del bien común y como representantes del conjunto de la sociedad”, apuntó Valeria Migueles.
Por último, la titular de la Agencia de la Mujer, manifestó que “en términos generales, y más allá de este caso que hoy nos obliga a reflexionar, prácticas como esta se difunden en todos los órdenes, permanentemente. Ya sea en cadena nacional de tv, en radios o en otras publicidades, la repetición de mensajes que cercenan los derechos de las mujeres lamentablemente se repite y aun sigue anclado en una parte de la sociedad que los consume. Allí radica entonces la importancia de cuestionar cada hecho de este tipo que aparezca”. (APF.Digital)
|