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PRIMERA PLANA

Afirman que la nacionalización de una Facultad de la Uader es una “demanda de la comunidad entrerriana”

  Paraná, 04 oct (APFDigital)


- La iniciativa es impulsada por la diputada nacional Blanca Osuna (PJ) y propone crear la Universidad Nacional Juan Laurentino Ortiz sobre la base de la actual Facultad de Humanidades, Artes y Ciencias Sociales de la Universidad Autónoma de Entre Ríos (Uader) • Afirmó que la iniciativa “representa una demanda y una necesidad concreta de la comunidad entrerriana y de la región”

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El proyecto que apunta a nacionalizar una de las Facultades más importantes de la Uader es impulsado por la diputada nacional Blanca Osuna y generó una gran inquietud en la comunidad universitaria.

A continuación, la iniciativa, a la que tuvo acceso esta Agencia:

Proyecto de Ley

Creación de la Universidad Nacional Juan Laurentino Ortiz

ARTÍCULO 1° — Créase la Universidad Nacional Juan Laurentino Ortiz, la que tendrá su sede central en la ciudad de Paraná, Provincia de Entre Ríos, y estará sujeta al régimen jurídico aplicable a las universidades nacionales.

ARTÍCULO 2º - La creación y organización de la Universidad Nacional Juan Laurentino

Ortiz, se efectuará en el marco de la Ley 24.521 y sus modificatorias, y se regirá por las disposiciones legales y reglamentarias vigentes para las universidades nacionales.

ARTÍCULO 3° — La Universidad Nacional Juan Laurentino Ortiz se constituirá sobre la base de la actual Facultad de Humanidades, Artes y Ciencias Sociales de la Universidad Autónoma de Entre Ríos. A esos fines se faculta al Poder Ejecutivo nacional para acordar, por intermedio del Ministerio de Educación de la Nación, con el gobierno de la Provincia de Entre Ríos, la transferencia a la nueva universidad de todos los servicios educativos de la mencionada Facultad, sus bienes muebles e inmuebles, su personal directivo, docente y no docente, sus alumnos y sus escuelas preuniversitarias con sus niveles y modalidades.

ARTÍCULO 4° — Los acuerdos deberán garantizar:

a) Que el personal transferido mantenga en todos los casos identidad o equivalencia en la jerarquía, funciones y situación de revista en que se encontrasen a la fecha de la transferencia;

b) Que su retribución no sea inferior a la que perciben en la actualidad. En el supuesto de que, como consecuencia de su nuevo encuadre en el régimen de las universidades nacionales, las remuneraciones de determinado personal docente o no docente resultaren inferiores a las que percibían, los agentes afectados tendrán derecho a un suplemento en las condiciones y modalidades previstas por el decreto 5.592/68;

c) Que se reconozca su antigüedad en la carrera y en el cargo cualquiera sea el carácter del mismo.

ARTÍCULO 5° — Se deberá garantizar, asimismo, la incorporación a la nueva universidad de todos los alumnos de la Facultad, de todos sus niveles y modalidades, reconociéndose su situación académica, la que resultará acreditada con las constancias de los registros oficiales a la fecha de la efectiva transferencia.

ARTÍCULO 6° — Las autoridades de la actual Facultad de Humanidades, Artes y Ciencias

Sociales de la Universidad Autónoma de Entre Ríos que hubieran sido elegidas por los claustros y los integrantes de sus cuerpos de gobierno, ejercerán funciones de Gobierno en la nueva universidad nacional.

ARTÍCULO 7°— El Poder Ejecutivo Nacional designará un Rector/a Organizador/a con las atribuciones que otorga la Ley de Educación Superior a los órganos de gobierno en su conjunto para promover y conducir el proceso de formulación del proyecto institucional y el estatuto provisorio, quien los elevará oportunamente a consideración del Ministerio de Educación de la Nación y para, en su debida instancia, estructurar académicamente y convocar a la asamblea que sancionará los estatutos definitivos, compuesta de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 24.521 y su decreto reglamentario.

El plazo de normalización no podrá superar los dos (02) años.

ARTÍCULO 8° — La creación de la Universidad Nacional Juan Laurentino Ortiz, que se dispone por la presente ley, queda sujeta para su implementación a la concreción del convenio/acuerdo al que se alude en el artículo 3° con las modalidades previstas en el artículo 4°.

ARTÍCULO 9º— La Universidad Nacional Juan Laurentino Ortiz por medio del Ministerio de Educación de la Nación, queda facultada para suscribir convenios de cooperación con universidades públicas o privadas de nuestro país y de otras partes del mundo y con organismos públicos y privados de orden local, nacional e internacional.

ARTÍCULO 10° —Los gastos que demande la implementación de la presente ley serán atendidos con la partida específica de créditos para las universidades nacionales que determine el Ministerio de Educación, hasta la inclusión de la Universidad Nacional Juan

Laurentino Ortiz en la ley de presupuesto nacional y con los demás recursos que ingresen por cualquier título.

ARTÍCULO 11° — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

• Fundamentos

“En los últimos cinco años el sistema universitario con asiento en la provincia de Entre Ríos transitó un importante proceso de crecimiento, ya que el año 2015 contaba con 44.081 estudiantes y en 2019 aumentó a 51.544, lo que representa un crecimiento del 16,93 por ciento. Este aumento de la matrícula está ligado al proceso expansivo y de democratización del sistema universitario que a escala nacional se dio en la última década (27,3 por ciento), explicado en gran medida por la creación de nuevas universidades, permitiendo que un número mayor de personas puedan acceder a la educación superior, pero también debido al acompañamiento con políticas públicas que permitieron una ampliación de derechos, como las becas Progresar, el programa Conectar Igualdad, la AUH, las Becas Manuel Belgrano”, señala Osuna en su proyecto.

“En nuestra provincia dicha expansión puede verificarse en el aumento de la matrícula en las dos instituciones universitarias estatales (Universidad Nacional de Entre Ríos – Universidad Autónoma de Entre Ríos, Uader). También es importante destacar la dimensión de la matrícula de la Uader en relación a otras universidades provinciales presentes en el país. Mientras Uader alcanza los 29.322 estudiantes en 2021, las demás instituciones universitarias tienen matrículas significativamente inferiores”.

“La Universidad Autónoma de Entre Ríos está compuesta por cuatro unidades académicas, la Facultad de Ciencias de la Vida y la Salud, la Facultad de Ciencias de la Gestión, la Facultad de Ciencia y Tecnología y la Facultad de Humanidades, Artes y Ciencias Sociales. Es ésta última unidad académica sobre la que se constituirá la Universidad Nacional Juan L. Ortíz. Datos correspondientes al año 2021 brindados por la División de Análisis y Procesamiento de Datos de la Subsecretaría de Planeamiento Institucional de la Universidad indican que de los 29.322 estudiantes de grado y pregrado, el 44,17% (12.953 estudiantes) corresponden a la Facultad de Humanidades, Artes y Ciencias Sociales y por lo tanto, será la matrícula con la que contará inicialmente la nueva Universidad Nacional”.

“La creación de universidades representa un salto de calidad en la democratización del nivel, promueve mayores posibilidades de acceder al mundo del conocimiento, la tecnología y el trabajo, y colabora en la construcción de un país con mayores niveles de igualdad, justicia y soberanía. La Universidad Nacional Juan L. Ortiz representa una demanda y una necesidad concreta de la comunidad entrerriana y de la región, por todas las razones anteriormente expuestas, solicito a mis pares que acompañen la iniciativa”, se señala en los fundamentos. (APFDigital)



 





Fecha Publicación: 04/10/2022  11:19 

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